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¿Cómo anular una multa de tránsito?

En ocasiones para anular una multa de tránsito se necesita seguir un proceso en la ANT para que no siga constando e su sistema, para esto a continuación te detallamos el procedimiento.

¿Cómo desactivar una multa de tránsito que ha sido judicializada?

De conformidad con las atribuciones establecidas por el Estatuto Orgánico por Procesos de la Agencia Nacional de Tránsito que establece la Dirección de Asesoría Jurídica debe “Coordinar y difundir directrices, procedimientos y normas legales para las instancias de asesoría jurídica (¼)” y al tener como objetivo institucional el reforzar los procesos que están relacionados con el cobro de multas por infracciones de tránsito que no han sido impugnadas dentro del término correspondiente, que tengan acta de juzgamiento o sentencia ejecutoriada, se consideró necesario contar con un equipo de apoyo que permita viabilizar el ingreso y registro de las referidas actas de juzgamiento y depósitos directos para la desactivación de multas en el sistema SITCON que maneja la ANT y mantener un registro actualizado que permita ejercer la jurisdicción coactiva a favor de la Institución.  

En virtud de lo antes expuesto solicito se sirvan enviar toda la documentación relacionada a las actas de juzgamiento (absolutorias, condenatorias, suspensiones, impugnaciones, cambio de artículo) y depósitos directos a la cuenta, a los siguientes funcionarios, conforme consta en el detalle adjunto.   

Estos funcionarios referidos y que son quienes estarán a cargo de este proceso, forman parte de la Dirección de Asesoría Jurídica como apoyo en el área de coactivas,  se encargarán de realizar el registro de las actas de juzgamiento (condenatorias, cambio de artículo, absolutorias, impugnaciones, suspensiones); registro de pago de multas con comprobantes de pago en el sistema SITCON; así como la emisión de reportes de pagos mensuales a la Dirección Administrativa – Financiera, manteniendo un registro actualizado de dichas transacciones con la finalidad de facilitar el control de las mismas.   

Para llevar a cabo este proceso se determinó el cumplimiento de los siguientes parámetros, conforme se establece a continuación.   

ACTAS DE JUZGAMIENTO las mismas que pueden ser (absolutorias, condenatorias, suspenso, impugnaciones y cambio de artículo)   

CASO A  

Cuando el usuario realiza de forma personal el trámite en cualquiera de nuestras Agencias de Atención al Usuario de la ANT.   
1. Enviar un memorando vía quipux dirigido al funcionario responsable acorde a su provincia (ver adjunto).
2. Estos memorandos deberán ser de manera individual por cada una de las actas de juzgamiento.
3. Las actas de juzgamiento deben estar debidamente certificadas por el juzgado.
4. Verificar si el acta de juzgamiento se encuentra ingresada en el sistema de la página web de la Función Judicial correspondiente a cada una de las provincias, caso contrario no se podrá realizar la desactivación de la misma.     

CASO B  

Cuando las Actas de Juzgamiento sean recibidas directamente del Juzgado  
1. Se enviará un solo memorando quipux, especificando que son actas recibidas directamente del juzgado, a fin de proceder con el registro.
2. Se detallará en el memorando vía quipux el número de actas que se envía.   

DEPÓSITOS DIRECTOS

  1. Enviar un memorando vía quipux dirigido al funcionario responsable acorde a su provincia (ver adjunto).
  2. Estos memorandos deberán ser de manera individual por cada una de las solicitudes.
  3. Se debe adjuntar los comprobantes de pago ORIGINALES, caso contrario no se procederá a la desactivación.   

AUTORIZACIONES DE PAGO

  1. En este caso se debe enviar un memorando vía quipux dirigido al Director/a Ejecutivo de la ANT.
  2. Con un consolidado adjunto en una hoja de Excel.
  3. En la hoja de Excel se debe detallar el nombre, cédula del usuario y especificando el trámite que vaya a realizar el usuario.  

AUTORIZACIONES DE RECEPCIÓN DE DEPÓSITOS

  1. Se deberá enviar un memorando vía quipux dirigido al Director/a Ejecutivo de la ANT por estas solicitudes de recepción de depósitos.
  2. Se adjuntará en este caso copias LEGIBLES de los comprobantes de pago, de tal manera que la Dirección Administrativa-Financiera de la ANT, proceda con la validación y proceder con la autorización.   

NOTA: Todos los memorandos vía quipux deben estar suscritos por el Director/a Provincial de la ANT y estar dirigidos únicamente al funcionario en el detalle adjunto o al Director/a Ejecutivo de la ANT, según sea el caso.   

Este proceso se encontrará en vigencia desde el lunes 3 de febrero del 2014.